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Nota: no suscribo las opiniones expresadas en este artículo transcrito por mí. De hecho, disiento
con casi todos los planteamientos lingüísticos de sesgo político que aquí se expresan, pero me parece
un documento de referencia interesante para contrastar con análisis más serios de esta cuestión, sobre
todo los hechos por Álvaro García Meseguer en toda su bibliografía sobre sexismo y lenguaje. Cito
pues este artículo como referencia de lo que no debe hacer un lingüista (confundir sexo con género gramatical)
a la hora de analizar y plantear soluciones para un problema estrictamente lingüístico.
Aunque fue extraído de un Manual de estilo administrativo en el que se critica —sobre todo— el pleonasmo,
el uso de epítetos, redundancias, perífrasis y expresiones burocráticas vacías de contenido, el libro
peca, desgraciadamente, de algunos de los defectos que critica. Su redacción es pobre en líneas generales,
pero creo que, al menos, es binentencionado: quiere concienciar a redactores, escritores y funcionarios
para que escriban mejor, con más sencillez y claridad, y eviten discriminaciones u omisiones marginadoras
en los documentos administrativos. La idea queda patente y bastante clara, aunque se exprese torpe e incorrectamente
a veces.
En la línea de las recomendaciones de la Comunidad Europea, el Plan para la Igualdad de Oportunidades
de las Mujeres (1988-1990), del que tomó conocimiento el Consejo de Ministros del 25 de septiembre
de 1987, recoge, entre sus actuaciones, la revisión de los textos reglamentarios para evitar usos y expresiones
que refuercen actitudes de desigualdad hacia las mujeres: «Se incluirá, por ello, en el proceso de renovación
del lenguaje administrativo que se está realizando, el control y eliminación, en su caso, de este tipo
de discriminaciones en las circulares, impresos y formularios utilizados por la Administración».
La lectura de los 302 documentos que configuran el corpus de trabajo del Manual de Estilo ha permitido
detectar, en efecto, algunos casos de discriminación por sexo en materia de lenguaje. En ocasiones, la
desigualdad radica en el orden de palabras, otras en el contenido semántico de ciertos vocablos. No obstante,
el principal escollo para una utilización lo más neutra posible del lenguaje deriva de la pertenencia
del castellano a las lenguas de género, categoría gramatical que afecta no sólo a la terminación de los
nombres, sino también a la de artículos, adjetivos o participios en régimen de concordancia con el sustantivo.
Fenómeno de naturaleza sistemática y, por lo tanto, muy enraizado en el idioma —normativamente se considera
el masculino como término no marcado, genérico y válido, en consecuencia, para uno y otro sexo— tiene,
desde el punto de vista social un claro efecto exclusión, de reforzamiento de estereotipos: la
Administración aparece como un mundo del varón, en el que no sólo los que autorizan, certifican, adjudican...
son hombres (la incorporación de mujeres irá modificando esta vertiente), sino también los que declaran
o solicitan, los denunciados, los propietarios de inmuebles, los infractores de tráfico, etc.
Paliar esos efectos mediante propuestas o sugerencias de formas de expresión alternativas, más igualitarias,
es el propósito de este capítulo.
Con fines operativos distinguiremos, de un lado, documentos «cerrados», redactados para casos concretos,
en los que se conoce previamente quién emite y a quién se destina el texto, todas ellas personas individualizadas
y, de otro, documentos «abiertos» o modelos de formularios varios (instancias, solicitudes, certificaciones...)
que habrán de cumplimentarse con posterioridad. Estos últimos, susceptibles de aplicación tanto a mujeres
como a hombres son los más numerosos dentro de la Administración y los que mayores problemas presentan
desde la óptica del sexismo lingüístico.
Género
Cargos y puestos de la Administración
En los documentos examinados, la inmensa mayoría de las denominaciones de cargos y puestos administrativos
aparecen en masculino. A falta en muchos casos de datos sobre sus titulares (documentos abiertos), no
ha podido extraerse ninguna conclusión sobre cuál sea la extensión real y, sobre todo, reciente de tal
práctica. Es de suponer que, cuando se encuentran los numerosísimos casos del tipo:
El Jefe de Sección...
El Tesorero de Hacienda...
El Interventor...
tales puestos estarían, en el momento de redactarse los documentos, ocupados por hombres; y que el nombramiento
de mujeres (sobre todo, a partir de determinado nivel) habría conllevado el paso automático de tales menciones
a su forma femenina (bien en las terminaciones del sustantivo, bien a efectos de concordancia):
RESULTANDO: Que por la Inspectora de Trabajo actuante...
Sin embargo, la vacilación observada en aquellas ocasiones —muy escasas, por otra parte, en la muestra—
en que la titular es una mujer puede ser sintomática de un uso discriminatorio con cierta difusión en
la Administración:
El Jefe de la Dependencia (firma una mujer)
La Jefe del Negociado de Sanciones...
Propuesta de uso
Cuando los cargos y puestos administrativos están ocupados por mujeres, la mención a sus titulares debe
hacerse en femenino. La norma y, sobre todo, el uso admiten como correctos los términos presidenta, jefa,
concejala, jueza, médica...
Funcionarios que intervienen en los procedimientos
Los textos administrativos, que siguen los usos del lenguaje normativo, se sirven siempre del masculino
en las menciones a profesionales y personal funcionario que intervienen en los procedimientos de la Administración
en razón de su cargo:
...debidamente compulsada por funcionario público autorizado para ello (Notario, Secretario de Ayuntamiento,
Secretario Judicial, etc.)...
...no sabiendo el funcionario que lo dictó, quién...
Sólo declarará ante el Juez...
Designar Abogado...
...ser reconocido por el médico forense...
Propuesta de uso
El uso masculino de la terminación es gramaticalmente correcto si se refiere de forma abstracta a una determinada
categoría profesional o funcionarial; no obstante, cuando tal referencia genérica se concreta en sujetos
particulares, debe tener en cuenta la posibilidad de alternancia de los mismos, adoptando, según los casos,
las formas del femenino o del masculino.
Referencias a los administrados
El lenguaje de la Administración utiliza, con carácter prácticamente sistemático, las formas de masculino
al referirse a los usuarios de los servicios. Aparecen, sobre todo, en documentos abiertos que pueden
ser cumplimentados tanto por hombres como por mujeres:
El abajo firmante...
El Destinatario
El declarante
El interesado
El compareciente
Datos del propietario
El uso del masculino tiene a veces efectos muy claros en la concordancia, por ejemplo, de los pronombres
personales:
Si se solicita al mismo tiempo el permiso de trabajo por cuenta ajena del titular comunitario y la tarjeta
de residencia para él y los familiares que de él dependen, las solicitudes...
Un capítulo destacable de este apartado, por su repercusión social, lo constituyen los documentos relativos
a empleo (ofertas de trabajo, adjudicación de puestos laborales, contratos y permisos de trabajo, etc.).
El uso atendido del masculino puede contribuir a reforzar, por efecto del estereotipo, la situación de
desigualdad de las mujeres en el mercado de trabajo:
El trabajador D. Fulanito...
Datos del trabajador contratado... inscrito... (marca de género reforzada por la casilla —no optativa—
«Fecha de realización del servicio militar").
Trabajador jubilado
Observaciones del solicitante
...al objeto de jurar el cargo de Vigilante Jurado... El requerido contestó...
Un bajo porcentaje de documentos en relación con el total de la muestra prevé administrados de uno y
otro sexo. Por los ejemplos hallados, se aprecia que tal fórmula (por el sistema de barras, guiones o
paréntesis) se abre camino en la esfera de lo familiar:
Si está casado/a y/o tiene hijos...
Si es el/la viudo/a
Si es separado/a o divorciado/a
...o esté casado (a) con un español (a)
Propuesta de uso
Frente al uso sistemático del masculino como genérico, se recomienda más que una opción única, la alternancia
de una serie de recursos. Entre otros posibles, se sugiere la utilización —más abundante de lo que la
práctica administrativa demuestra— de sustantivos no marcados y colectivos como la persona, el
colectivo, vecindario, personal funcionario...; o desdoblamientos del tipo el abonado
o abonada, los trabajadores y trabajadoras...
Los dobletes del tipo o/a, o-a, o (a), constituyen una buena solución para textos
breves, o con apariciones espaciadas; solución, en cualquier caso, deseable cuantro se trata de documentos
relacionados con empleo. Si se opta por esta forma de concordancia, deberá aplicarse no sólo a los sustantivos,
sino a todos los elementos oracionales que con ellos concuerdan: adjetivos, participios, etc.
Formas de tratamiento
Los tatos administrativos abiertos son pródigos en fórmulas de cortesía usadas casi siempre en masculino:
El que suscribe D...
Sr. D.... (Cédula de citación)
Don...
Algunos documentos —los menos— aportan como solución dobletes por el sistema de barras para prever uno
y otro sexo:
D/Dª..
Probablemente ya en desuso, resulta sin embargo significativo el siguiente caso de disimetría en las
formas de tratamiento por sexos, encontrado durante el análisis:
Se designa Instructor a Don José... y Secretaria a la Srta. Alicia..., jefes de Sección y Negociado,
respectivamente del Gobierno Civil de...
Propuesta de uso
Lo deseable es que en los textos administrativos no figuren formas de tratamiento ni para mujeres ni
para hombres, es decir, que al hombre y apellidos de la persona no se le anteponga la abreviatura D/Dª,
salvor po razones formas en algún caso.
De considerarse imprescindibles, habrán de preverse ambos sexos (en los documentos abiertos) y ser equivalentes
(en los documentos cerrados).
Orden de las palabras
Como también sucede en el lenguaje común, en los casos en los que hay mención expresa de ambos sexos,
el masculino precede siempre al femenino:
Padre, madre o representante legal.
Nombre del padre... nombre de la madre.
Ponga una V, M o una X, según sea varón, mujer o razón social.
Electores... Varones... Mujeres.
Propuesta de uso
Ninguna razón hace preferible, con carácter sistemático, un orden a otro, como nos hace advertir una
rara excepción encontrada:
Apellido (s) y nombre de la madre
Apellido (s) y nombre del padre
Aspectos semánticos
La lectura de la muestra no ha permitido encontrar disimetrías lingüísticas por sexo en el plano
semántico. Tal vez el lenguaje administrativo se preste poco a ello (a diferencia, por ejemplo, del periodístico)
o tal vez se deba a la poca representación que en los documentos de la muestra tienen las mujeres. No
obstante pueden señalarse algunas:
- Identificación de la mujer a través del hombre:
...se procedió al embargo del inmueble que a continuación se detalla como de la propiedad de Don...
y su esposa Doña...
Obsérvese que, a efectos legales, tan sólo es pertinente señalar que se trata de dos propietarios y no
su relación de parentesco; la condición de cónyuge únicamente se predica de ella, cuando obviamente ambos
la comparten; su indica relación, pero también posesión, connota idea de pertenencia.
- En la contraposición con mujer —hembra parece ya desechado del lenguaje administrativo— se prefiere
casi siempre varón a hombre, cuando ambos son términos equivalentes y válidos:
Electores... Varones... Mujeres
Ponga una V, M... según sea varón...
Se trata de un caso de discriminación indirecta, consistente en reservar el vocablo hombre para
un sentido genérico, no marcado, cuando ser humano, personas, serían los estrictamente correctos.
Propuesta de uso
Algunas expresioes encontradas en la lengua administrativa (D. ... y su esposa Doña...) conllevan una
presentación estereotipada de la realidad que conviene evitar. La práctica administrativa ha declinado
el uso de hembra. Hombre y varón son perfectamente equivalentes en contraposición a mujer.
Texto extraído de:
Manual de estilo del lenguaje administrativo
Quinta reimpresión (mayo 1994); pp. 153–161
Autores: equipo interdisciplinar del Ministerio de Asuntos Sociales (Instituto de la Mujer).
Colección Manuales, Serie Administración General, editado por la Secretaría General Técnica del MAP, Ministerio
de Educación y Ciencia, Ministerio de Cultura, y el Dpto.de Filología española de la Universidad Autónoma
de Madrid.
ISBN: 84-87366-13-9
Más bibliografía:
García Meseguer, Álvaro. Lenguaje y discriminación sexual.
García Meseguer, Álvaro. ¿Es sexista la lengua española?. Edicusa. Madrid, 1977.
De Monte, Violeta. Lenguaje y sexo. Notas sobre lingüística, ideología y papeles sociales.
en Liberación y utopía. Ed. Mª Ángeles Durán (Akal). Madrid, 1982. pp. 61-79.
Lakoff, Robin. El lenguaje y el lugar de la mujer. Hacerm. Barcelona, 1988.
Ministerio de Educación y Ciencia. Recomendaciones para el uso no sexista de la lengua. Madrid,
1988.
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